PODRÁ EJERCER LA ACTIVIDAD EN ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES, INSTITUCIONES PRIVADAS Y PÚBLICAS Y DOMICILIOS DEL USUARIO. PODRÁ SER CONTRATADO POR: INSTITUCIONES DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ENCARGADAS DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ENTIDADES EJECUTORAS DE PROYECTOS DE ATENCIÓN DE CUIDADOS PRIMARIOS. ENTIDADES PRIVADAS, CON O SIN FINES DE LUCRO, OFERENTES DE SERVICIOS DIRECTOS O INDIRECTOS AL USUARIO. ASOCIACIONES O COOPERATIVAS QUE ENTREGUEN SERVICIOS CUIDADOS PRIMARIOS, COMO ENTIDADES AUTÓNOMAS QUE DEMANDEN SIN INTERMEDIARIOS LOS SERVICIOS DIRECTAMENTE AL OFERENTE. EL TRABAJO ES CON SISTEMA DE TURNOS Y HABITUALMENTE EN CONDICIONES BAJO PRESIÓN. |